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Revoca TEEO la determinación de no permitir la instalación de una mesa receptora de votos para la elección en la Agencia de San Juan Sosola

Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 11 de octubre de 2025.- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), ordenó a las autoridades de San Juan Sosola y al Consejo Electoral de San Jerónimo Sosola, realicen acciones que permitan la instalación de la mesa receptora en la agencia municipal, para que la ciudadanía pueda ejercer su derecho a votar y ser votados.

 A través del Juicio de la Ciudadanía identificado con la clave: JDCI/158/2025 y acumulado, ciudadanos representantes de la planilla púrpura, reclamaron que la Asamblea General Comunitaria de San Juan Sosola determinó no permitir la instalación de una mesa receptora de votos en su comunidad, para el proceso electivo que se celebrará el 12 de octubre.

En la sesión pública de urgente resolución que se llevó a cabo este sábado, las magistraturas del TEEO, revocaron esa determinación ya que la maximización del derecho de autodeterminación de una comunidad indígena no puede transgredir un derecho humano.

Del análisis del acta de asamblea del 7 de septiembre en dicha Agencia, este Tribunal expuso que el acuerdo tomado sobre no participar en el proceso electoral y no permitir la instalación de la mesa receptora; resultó ser lesivo del derecho político electoral de esa comunidad indígena, al restringirles de manera indebida su derecho de ejercer el voto, aun cuando se efectuó bajo un aparente ejercicio de su derecho de autodeterminación.

Por lo anterior, este Tribunal ordenó a la Asamblea General Comunitaria de la Agencia de San Juan Sosola, al Consejo Municipal Electoral de San Jerónimo Sosola y la Dirección Ejecutiva de Sistema Normativos Indígenas del Instituto Electoral de Oaxaca; dar cumplimiento a la sentencia y realizar acciones para garantizar los derechos políticos de la ciudadanía.

En esta misma sesión pública fue resuelto un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales (JDC).